Operatoria y tratamiento de haberes impagos. Ingreso al sistema de repago (REPA)
Remplaza a la Circular GP nº 51/07
Se pone en conocimiento de las Areas Operativas los pasos a seguir ante la presentación del reclamo de un haber impago o de la activación de un beneficio suspendido, cuya puesta al pago se efectúa en forma inmediata o diferida. Debiéndose completar y agregar al legajo confeccionado en forma obligatoria el Formulario P.S. 6.236 “Reclamo de Haberes”, firmado por el titular o el apoderado para Percibir y Tramitar.
En caso de que el reclamo lo realice el apoderado, deberá agregarse el Certificado de Supervivencia del titular con una antigüedad no mayor a 5 días corridos. Excepto que el Form. P.S. 6.236 se encuentra firmado por el titular y es presentado por el apoderado dentro de los cinco días corridos contados a partir del día siguiente al de la fecha de la certificación por una autoridad competente.
Por favor si alguien tiene el
Formulario P.S. 6.236 “Reclamo de Haberes” y me lo quiere enviar, se lo agradecería. No lo puedo encontrar en Internet, ni está en el Centro de Jubilados de mi localidad.
Muchas gracias! Zuny Fontana.
Hola Zuny, te puedo enviar el formulario como archivo para imprimir, si te sirve enviame tu correo, José Furino
Hola Zuny, encontraste el formulario,me podes desir como lo consigo el mismo 6.236 gracias!
Hola, agradeceré si alguien puede enviarme el formulario Ps 6.236, ya que en internet no lo encuentro nbi tampoco esta en la pagina del ANSES
mail: furinojose@gmail.com desde yá MUCHAS GRACIAS
Los “craneos” de Anses aseguran que el formulario esta en la página. Si alguno lo encuentra lo agradezco.
Gracias
Hola, a quien lo necesite le puedo enviar el archivo para imprimirlo
no encuentro el formulario este que piden. Me lo pueden enviar si alguien lo tiene?
Alguien me puede enviar scaneado el ps.6.236?
El formulario PS 6.236 está en http://www.anses.gob.ar/prestacion/activacion-de-haberes-suspendidos-109
Quisiera solicitar a la gente de JUBIPEN que publiquen los pasos a seguir por parte de los jubilados residentes en el exterior para obtener la re-activación del pago y transferencias de sus haberes cuando son retenidos/suspendidos por algún motivo. Este trámite se venía realizando ante el banco apoderado quien a su vez hacía la presentación correspondiente a la oficina de control del ANSES encargada de la re.activación.
Quisieramos que las Circulares a los empleados del ANSES contemplen a los 20000 jubilados residentes en el exterior. Ya que en esos casos es imposible pretender respetar burocráticamente el plazo de cinco días para la presentación de Fe de Vida y otros temas por el estilo
Ya llené los formularios de “repago” y no me acreditan mis haberes
Llené los formularios del repago pero aún no me acreditaron mis haberes