Se determina el valor la movilidad aplicable a partir del mes de Marzo 2012 será del 17,62%
Se pone en conocimiento de las áreas operativas de la Organización que, con el objeto de establecer el índice de movilidad a aplicar sobre los haberes previsionales de los beneficios del Régimen de Ley General a partir de marzo/2012, se acordó un incremento del 17,62 %.
Las pautas generales que se establecen son las siguientes:
– Haber Mínimo: $ 1.687,01.-, vigente a partir del 1/03/2012.
– Haber Máximo: $ 12.359,39.- A los efectos de la aplicación de las escalas de la Ley de Solidaridad Previsional, que es del 15% sobre el excedente del haber máximo o tope.
– Monto PBU: $ 797,02.-
– Base Imponible Mínima: $ 586,79.-
– Base Imponible Máxima: $ 19.070,55.-
Asimismo se especifican los casos alcanzados y excluidos. Se establecen los distintos nuevos haberes mínimos especiales como los de Veterano de Guerra, Portuarios y Ferroviarios. Y se fijan las nuevas rentas imponibles para los trabajadores autónomos.
tendrían que dar las fechas de los pagos del mes siguientes con anticipación. en este caso marzo del,2012.