Resolución Secretaria de Seguridad Social 4/2019
Publicado en el B.O. : 21/02/2019
Resumen:
Se Determína que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de MARZO de 2019, es de ONCE COMA OCHENTA Y TRES por ciento (11,83 %), conforme la fórmula dispuesta en la Ley N° 27.426, y se aplica trimestralmente. La cual se determina en un setenta por ciento (70%) por las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un treinta por ciento (30%) por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
El haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de MARZO de 2019, será de $ 10.410,37.
El haber máximo vigente a partir del mes de MARZO de 2019 será de $ 76.268,26.
La Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del mes de MARZO de 2019, es de $ 4.918,25.
Las bases imponibles mínima y la máxima, queda establecida en $ 3.621,03 y en $ 117.682,42 respectivamente, a partir del período devengado MARZO de 2019.
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), será a partir del mes de MARZO de 2019 de $ 8.328,29.
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Y para los jubilados docentes????
El jue., 21 de febrero de 2019 20:47, Jubilaciones y Pensiones en Argentina
Gracias por aportarnos estas informaciones y si pueden informarnos a cuánto ascenderia el monto para estar alcanzados en marzo con el impuesto a las ganancias. Bendiciones para todo el equipo que se ocupa de esta sección.
Gracias por aportarnos estas informaciones y si pueden informarnos a cuánto ascenderia el monto para estar alcanzados en marzo con el impuesto a las ganancias. Bendiciones para todo el equipo que se ocupa de esta sección.